22.04.20 NAYARIT: ACTIVIDAD LEGISLATIVA

ACUERDO QUE CONTIENE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL Y RESGUARDO DOMICILIARIO, CON LA FINALIDAD DE MITIGAR LA PROPAGACIÓN MASIVA DEL COVID-19 EN EL ESTADO DE NAYARIT.

Objeto: Entre otras cosas, establece Transportación vehicular privada. Salvo causa justificada, cuando el traslado se realice en vehículo automotor particular, solo podrá transportarse un máximo de dos personas, en cuyo caso, la segunda no deberá viajar como copiloto, sino en el asiento posterior de éste y siempre que el tipo de vehículo lo permita.  

Tratándose de servicio de taxis o vehículos de transporte de pasajeros privado a través de aplicaciones móviles, los conductores sólo podrán transportar un pasajero por unidad, salvo causas de excepción justificadas en términos del artículo precedente.  

Se deberán acatar, por parte de los conductores, las medidas preventivas de limpieza y sanitización del vehículo, así como el uso de cubrebocas y gel antibacterial para sí y para su pasaje.

Consultar información en:

https://drive.google.com/file/d/19AFeCCMkwryDjYUK_qDbDRNLiR6Gyn4p/view

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