APRUEBA CABILDO DE OAXACA DE JUÁREZ EXTENDER ACUERDOS POR COVID-19 HASTA EL 30 DE MAYO

Medio: Diario de Antequera OAX

Periodista: Redacción

Aprueba Cabildo de Oaxaca de Juárez extender acuerdos por COVID-19 hasta el 30 de mayo Diario de Antequera

Oaxaca de Juárez, Oax.- En Sesión Ordinaria de Cabildo realizada este jueves vía videoconferencia, las y los concejales de Oaxaca de Juárez aprobaron por unanimidad el punto de acuerdo presentado por el Presidente Municipal Oswaldo García Jarquín, que establece que las medidas aprobadas por el Cabildo capitalino, en las sesiones celebradas los días 18 y 25 de marzo del 2020 y 4 y 15 de abril del 2020, se prolongarán hasta el día 30 de mayo con el propósito de poner a salvo a la población de la cadena de contagios de COVID-19.

Entre las medidas aprobadas el 18 de marzo se encuentran un receso laboral para alrededor de 1 mil 500 empleados sindicalizados y que las sesiones del órgano colegiado se celebren con restricciones para el acceso al público en general, por ello, se instruyó a la Dirección de Comunicación Social y Relaciones Públicas para que transmita las sesiones de manera electrónica.

En tanto, el 25 de marzo, las y los concejales aprobaron la suspensión temporal de actividades en salones de fiesta, antros, cantinas, bares, centros nocturnos, cervecerías, mezcalerías, centros botaneros y similares establecidos en la capital del estado.

Por otra parte, el 4 de abril, como medida de prevención de contagio por COVID-19, determinaron la suspensión de actividades de los establecimientos comerciales clasificados de Control Normal y de Control Especial, contenidos en el Catálogo de Giros Comerciales, Industriales y de Servicios del Municipio de Oaxaca de Juárez.

Asimismo, este punto de acuerdo establece que solamente podrán continuar en funcionamiento aquellos establecimientos cuyo giro esté directamente vinculado al cuidado de la salud humana y animal, así como los involucrados en la disposición adecuada de los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI); además, los establecimientos cuyo giro sea la distribución y venta de gasolina o gas y la generación y distribución de agua potable o agua purificada para consumo humano.

También estipula que podrán continuar operando, con estricto apego a las medidas sanitarias, aquellos establecimientos que se dediquen a la venta de productos alimenticios básicos para consumo humano y animal, así como los mercados, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y establecimientos dedicados a la venta de artículos de higiene personal y productos de limpieza, lavanderías, productos de ferretería, plomería y electricidad, reparación de aparatos electrodomésticos, telecomunicaciones, control de plagas, servicios relacionados con la reparación y mantenimiento de vehículos, servicios de mensajería, servicios funerarios y de inhumación.

Por lo que respecta a los establecimientos que se dediquen a la elaboración y venta de alimentos preparados y bebidas no alcohólicas, podrán funcionar únicamente a puerta cerrada en la modalidad de servicio a domicilio

En ese sentido, la medida dispone que las instituciones de banca, ahorro y crédito, aseguradoras y casas de empeño, deberán establecer mecanismos de control sanitario que eviten aglomeraciones al exterior de sus sucursales derivados del tiempo de espera por los servicios que prestan; además tendrán que observar las disposiciones contenidas en los lineamientos que establece la Jornada Nacional de Sana Distancia.

Asimismo, el punto de acuerdo establece que los establecimientos comerciales cuya licencia les autorice la venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada, deberán suspeder dicho servicio a partir de las 18:00 horas.

Por otra parte, en sesión ordinaria de cabildo desarrollada el 15 de abril, las y los concejales aprobaron el punto de acuerdo suscrito por el Presidente Municipal Oswaldo García Jarquín, mediante el cual se acuerda que en los mercados y Central de Abasto del municipio de Oaxaca de Juárez, los centros o locales comerciales con giros no esenciales deberán suspender sus actividades.

Los centros o locales comerciales que expendan alimentos preparados, tendrán prohibido el consumo de los mismos en el propio establecimiento, así como que los centros o locales comerciales con giros esenciales, deberán aplicar las medidas de prevención sanitaria, emitidas por las autoridades competentes.

Nota en:

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